Cambio Reglamento de Adopción Internacional.

El pasado 4 de julio se aprobó el Nuevo Reglamento de Adopción Internacional en el que se devuelven las funciones de acreditación y control de los Organismos Acreditados a las Autoridades Centrales de las Comunidades Autónomas. Todas las cuestiones de coordinación entre Autoridades Centrales se llevarán a cabo en las reuniones sectoriales periódicas presididas por el Ministerio de Derechos Sociales y con presencia del Ministerio de Asuntos Exteriores.

En estas reuniones sectoriales se determinará el número de organismos a acreditar en cada país, el cupo de expedientes para presentar en cada país y la apertura y/o cierre de países para la. Adopción internacional.

Para más información, puede visitar el BOE de número 159.

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