Colombia

Situación Actual

Actualmente, hay más de cinco años de espera. Las acreditaciones no llevan un orden estricto y/o cronológico de los expedientes. 

Requisitos

Edad:

  • Los solicitantes deben ser mayores de 25 años de edad y tener 15 años más que el niñ@ adoptado. 

Estado Civil:

  • Parejas constituidas por matrimonio católico o civil. 
  • Parejas de hecho con una convivencia ininterrumpida de al menos 2 años demostrables. Este término se contará a partir de la sentencia de divorcio, si respecto a quienes conforman la pareja o a uno de ellos, hubiera estado vigente un vínculo matrimonial anterior.
  • Personas solteras de una edad comprendida entre los 40 y 50 años, que podrán ser candidatas a la adopción de menores de 8 años de edad en adelante, o bien para menores con patologías o necesidades especiales.

  • Familias homoparentales con dos años de convivencia demostrables, pudiendo adoptar a menores de 8 años en adelante o menores con patologías o necesidades especiales. 

Otros requisitos:

  • Demostrar Capacidad Económica suficiente. 
  • Estar capacitado Física y Mentalmente para tener un hij@, reuniendo las condiciones afectivas, emocionales, sociales y morales para proporcionar bienestar al menor adoptado.

 

Características de la tramitación.

  • Los solicitantes deben disponer de entre 7 a 8 semanas para su estancia en Colombia a fin de llevar a cabo el proceso de integración con el menor y los trámites de formalización de la adopción.
  • Actualmente, y en cumplimiento de la Resolución 1141 de 2 de marzo de 2021, se prorroga la suspensión de solicitudes para familias extranjeras, para menores sanos de 0 a 6 años. En estos momentos el ICBF solo admite solicitudes de familias extranjeras para la adopción de menores COLOMBIA Página 6 de 9 de 7 años en adelante, grupos de hermanos donde el mayor tenga 9 años o más y para menores con patologías o necesidades especiales.
  • Si los adoptantes tienen un hij@ (adoptado o biológico), la edad del niñ@ a adoptar será inferior, respetando el principio de primogenitura.

Seguimientos

En Colombia, el país exige la realización de 4 informes durante los dos primeros años posteriores a la adopción, con periodicidad bianual, si el/la niñ@ tiene 7 años y 11 meses, es más pequeño.

A partir de los 8 años, o en el caso de que sea un grupo de herman@s, el país exige que se ejecuten 6 informes durante 3 años, también de carácter bianual.

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